Noticias
5 asociaciones solidaristas estarán supervisadas en nivel 1 basado en el enfoque de supervisión de riesgo
Según el más reciente comunicado emitido por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF), para el sector solidarista estarán sujetas a supervisión en nivel 1 la Asociación Solidarista de los Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social (ASECCSS), la Asociación Solidarista de Empleados del Banco Nacional de Costa Rica y Afines (ASEBANACIO), la Asociación Solidarista de Empleados del Banco de Costa Rica y Afines (ASOBANCOSTA), la Asociación Solidarista de Servidores Judiciales (ASOSEJUD) y la Asociación Solidarista de Empleados de Corporación de Supermercados Unidos SR. L. y Afines (ASADEM).
El nivel 1 de fiscalización consiste en una supervisión total, bajo el enfoque de supervisión basado en riesgos. Este enfoque utiliza el principio de proporcionalidad, el cual permite adecuar el alcance e intensidad de la supervisión en atención de las características particulares y perfil de riesgo de cada entidad.
Para seleccionar a estas 5 asociaciones, se consideraron las variables de volumen de activos, cantidad de deuda con el resto del SFN (créditos) y cantidad de recursos aportados al resto del SFN (liquidez). Según el comunicado esta fiscalización, permitirá a la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), contribuir con el fortalecimiento de los marcos de gobernanza y gestión de riesgos de las asociaciones solidaristas, en beneficio de sus asociados, inversionistas y otras partes interesadas. Además se determinó apropiado establecer un corte de volumen de activos de ¢35.000 millones.
Sin embargo, las entidades que se ubiquen en nivel 2 de fiscalización estarán exentas de la supervisión de la SUGEF; no obstante, estarán obligadas a cumplir con las disposiciones de reserva de liquidez en las condiciones que establezca el Banco Central de Costa Rica.
Aplicación de la supervisión
Según dicha dicho comunicado las estrategias de supervisión que han de aplicarse en las nuevas entidades supervisadas deben orientarse por la importancia del nivel de activos, su interconexión de crédito y liquidez en el Sistema Financiero Nacional (SFN), los riesgos que están implícitos en el negocio de intermediación financiera y el nivel relativo de su importancia en el contexto del sector financiero, puesto que sólo de esa manera es posible la aplicación práctica de los principios, políticas y medidas de austeridad y racionalidad en el uso de los recursos públicos que están a disposición de la Superintendencia.
Las 1488 asociaciones solidaristas exentas de la Supervisión de la SUGEF, serán vigiladas por el Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social (MTSS) quién según indica el comunicado deberá ejercer la vigilancia y el control estatutario y legal de las actividades que realicen, ello de conformidad con lo establecido en la Ley de Asociaciones Solidaristas 6970, artículo 10.
El marco regulatorio y prudencial para la supervisión de las asociaciones solidaristas de nivel 1, se dispondrá conforme a los alcances de la normativa que emita al efecto el CONASSIF.
La nueva supervisión comenzará a regir una vez que sea publicado en el diario oficial La Gaceta.